Contabilidad de los gastos de establecimiento con el nuevo PGC 2008
Hola a todos:
En primer lugar, quisiera desearos un feliz 1º de mayo y para los que tengais puente, que lo paseis bien. Dice el nuevo PGC 2008 que un instrumento de patrimonio es cualquier negocio jurídico que evidencia, o refleja, una participación residual en los activos de la empresa que los emite una vez deducidos todos sus pasivos. Por ejemplo, las acciones que emite la empresa son instrumentos de patrimonio propio.
En el caso de que la empresa realice cualquier tipo de transacción con sus propios instrumentos de patrimonio (por ejemplo, constitución, ampliación de capital, adquisición de acciones propias, etc.), los gastos derivados de tales transacciones (incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de letrados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación), se registrarán directamente contra el patrimonio neto como menores reservas, más concretamente como menores reservas voluntarias (cuenta 113).
Ejemplo 1: En el ejercicio 2008, la Sociedad ULAN BATOR ha procedido a la ampliación de su capital social en 500.000 €. Los gastos de emisión de las nuevas acciones han ascendido a 4.500 €. Por lo tanto, el asiento a realizar será:
| Cuenta |
Debe / -Haber |
| (113) Reservas voluntarias |
4.500 |
| (57X) Tesorería |
-4.500 |
Pero además tenemos que registrar por el gasto relacionado con el impuesto sobre beneficios relacionado con dichos gastos, con cargo a la cuenta correspondiente del subgrupo 47. Veámoslo con un ejemplo integrado en una liquidación del impuesto sobre sociedades.
Ejemplo 2: Continuando con el ejercicio anterior, supongamos que el beneficio contable antes de impuestos de 2008 de ULAN BATOR es de 20.000 €. El tipo de gravamen del año es del 30%. Suponer que no ha habido retenciones y pagos a cuenta durante el ejercicio. Practicar la liquidación del impuesto y contabilizar.
Liquidación del impuesto:
| Resultado contable antes de impuestos |
20.000 |
| Tipo gravamen |
30% |
| Gasto por impuesto corriente (cta. 6300) |
6.000 |
| Gastos de ampliación de capital |
-4.500 |
| Tipo gravamen |
30% |
| A minorar en el pago del impuesto |
-1.350 |
| Total a pagar (6.000 - 1.350) |
4.650 |
Asiento contable a practicar:
| Cuenta |
Debe / -Haber |
| (6300) Impuesto corriente |
6.000 |
| (113) Reservas voluntarias |
-1.350 |
| (4752) H.P., acreedor por Impuesto sobre beneficios |
-4.650 |
Así que ¡a tener vigilados los gastos derivados de transacciones con instrumentos de patrimonio propios!
Saludos desde Granada,
- Publicado por Manuel Rejon a las 23:12
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Muchas Gracias,
una duda, para las compañías que no tienen reservas (1130)??
saludos desde el caribe