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El coste amortizado y las operaciones de préstamo

943188_71871756.jpgSin considerarme un experto contable, recientemente me he encontrado con los procesos de contabilización de un préstamo según el nuevo Plan General de Contabilidad lo que me ha llevado a la utilización del procedimiento de valoración del coste amortizado y ciertamente he tenido que leer dos veces su definición y pensarlo un par de veces para llegar a algunas conclusiones que a continuación os traslado y que espero os sirvan de ayuda o por lo menos de acicate para su discusión y mejor entendimiento, al menos en lo relativo a las operaciones de financiación.


¿Cuál es la finalidad de este método de valoración? Por lo leído a mi entender su finalidad es ajustar el registro contable de la operación financiera a su realidad financiera, de modo que dicho registro refleje su coste real y no su coste nominal.

Todos hemos contratado préstamos y sabemos fehacientemente que la contratación de un préstamo implica el pago de una serie de comisiones, tanto bancarias como no bancarias. Así si valoráramos los flujos netos de caja que genera el préstamo nos encontraríamos con que tendríamos que igualar los siguientes bloques de flujos de caja.

Financiación neta Pagos
Nominal del préstamo menos todas las comisiones y gastos satisfechos para su contratación, tanto bancarios como no bancarios, comisión de apertura, notario, registros, gestoría, etc. Suma de todas las cuotas satisfechas

Nota:
He remarcado lo de todas pues si fuéramos puristas deberíamos descontar todos aquellos pagos que obligatoriamente hemos de realizar para lograr la contratación del préstamo.

Es en este punto donde surge la dificultad pues cuando iniciamos la equivalencia entre ambas corrientes de cobros y pagos nos encontramos con que la única forma de lograrlo es modificando el tipo de interés aplicado a la financiación neta, lo que simultáneamente modifica todo el cuadro de amortización del préstamo. Así las cosas la aplicación de dicho criterio de valoración convierte, a efectos contables, en agua de borrajas toda la documentación bancaria obtenida a la firma del préstamo. Me explico, la aplicación de un nuevo tipo de interés así como la aminoración del nominal del préstamo en todos los gastos y comisiones satisfechos para su contratación transforma automáticamente todo el cuadro de amortización, de hecho, el único dato relevante de la documentación bancaria a partir de ese momento es la cuota que satisfacemos al banco.

Consecuencias de su aplicación

1ª – Se traslada al contable la responsabilidad del buen cálculo de las obligaciones financieras de la empresa. En si mismo esta responsabilidad ya la tenía anteriormente pero ahora en vez de reflejar los datos calculados por la entidad financiera debe de ser el quién calcule dichas magnitudes. En la situación actual y puesto que el único dato de la documentación bancaria relevante para la contabilidad será la cuota pues tanto la cuantía de la deuda contabilizada, como el montante de intereses satisfecho y capital amortizado varía entre el registro contable de la empresa y los cuadros de amortización aportados por la entidad bancaria.

Así pues en este punto surgen dudas en cuanto a la asunción de responsabilidades, pues ¿qué sucede si se equivoca el contable y no calcula bien el coste efectivo y por tanto las magnitudes de deuda a corto y a largo? Se podría dar el caso de que los datos de contabilidad no se correspondieran con los reales.

2ª- El hecho de aplicar este procedimiento de valoración aminorará las deudas contabilizadas de la empresa pues el hecho de registrar la financiación neta en vez de la nominal hace que el importe de los préstamos contabilizados se aminore en los gastos de formalización de los mismos. Sin embargo esta aminoración contable lo es sólo sobre el papel pues la responsabilidad patrimonial de la empresa, las cantidades exigibles por las entidades financieras, se siguen manteniendo, lo cual no deja de ser curioso.

Supongamos que firmamos un préstamo de 1.000 € con unos gastos de formalización de 100 €, contablemente registraremos como deuda 1.000 € – 100 € = 900 € sin embargo la responsabilidad patrimonial de la empresa seguirá siento de 1.000 €.

3º- Este procedimiento de valoración duplica el registro contable de los gastos de formalización. Esto se debe a que estamos contabilizamos la misma salida de caja para lo que acabamos incrementando la cuantía de los intereses en el misma cuantía que aminoramos el nominal del préstamo para obtener la financiación neta.

Si tomamos el caso anterior y suponemos que lo devolviéramos en 10 cuotas de 110 € lo que sucederá es que tendremos las siguientes partidas contabilizadas:
- Gastos de formalización: 100 €
- Intereses: 200 €
- Amortización: 900 €

Mientras que utilizando el criterio del Plan General Contable de 1990 hubiéramos contabilizado las siguientes partidas:
- Gastos de formalización: 100 €
- Intereses: 100 €
- Amortización: 1.000 €

En definitiva parece ser que los contables tendrán que volver a recordar todo lo relativo a la matemática financiera a la vez que entiendo que en las cuentas anuales, especialmente en la memoria, se deberá realizar algún tipo de registro de las obligaciones patrimoniales de la empresa.

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